El tabaco en este año 2017 sigue siendo la principal causa evitable de enfermedad y muerte, de ahí la importancia de prevenir/retrasar/minimizar/dejar el inicio o consumo del tabaco y potenciar las habilidades para mantenerse como personas no fumadoras.
Mañana, profesionales del Centro de Salud de San Jorge colaboran un año más en una mesa informativa de 10,00 a 10,30 en la puerta principal del Insti, informad a las personas fumadoras...

El artículo 7 de la Ley determina los lugares en los que está prohibido fumar.
Con carácter general, se prohíbe fumar en todos los espacios cerrados públicos
y de uso colectivo y en los espacios al aire libre destinados a menores, además
de aquellos en los que por decisión de su titular se prohíba fumar.
La Ley define los espacios de uso público como los accesibles al público en
general o lugares de uso colectivo, con independencia de su titularidad pública
o privada, incluyendo los vehículos de transporte público o colectivo.
Los espacios al aire libre en hostelería, se definen como los espacios no
cubiertos o los espacios que estando cubiertos estén rodeados lateralmente por
un máximo de dos paredes, incluidas fachadas, muros o paramentos.
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